Puntuaciones de Derecho Internacional en Ljubljana y París

Sin embargo, los casos de crímenes de guerra, genocidio o crímenes de lesa humanidad juzgados en tribunales nacionales a menudo se relacionan con atrocidades cometidas en el territorio de otros estados. Este fue el caso, por ejemplo, del primer caso juzgado en Suiza por crímenes contra la humanidad por el Tribunal Penal Federal, cuya decisión de apelación se emitió este mes y que se relaciona con crímenes cometidos en África, en Liberia.

Sobre el tema: Aliu Kose también es condenado por crímenes de lesa humanidad. Por primera vez en Suiza

Por lo tanto, es necesaria la cooperación internacional para que las autoridades judiciales del país donde se juzga al imputado puedan investigar, escuchar testigos y obtener documentos en el país donde se cometieron los delitos.

Sin embargo, si hasta el momento ha habido tratados para facilitar la cooperación entre estados en materia de delincuencia organizada o corrupción, no existen tratados para facilitar la cooperación entre estados en materia de crímenes internacionales. Sólo, en el mejor de los casos, puede basarse en acuerdos bilaterales entre estados.

Facilitar la cooperación judicial

Así, si el país A que lo incautó en un caso de crímenes de guerra envía al país B una solicitud de cooperación judicial, la legislación de este segundo país puede exigir que la embajada del país B en el país A certifique cualquier rogatoria internacional. , Puede tomar más de un año para una simple solicitud de cooperación.

Y si el Estado B solicita la extradición de X, un nacional del País B que reside en el País A y se sospecha que ha cometido crímenes internacionales, el Estado A puede encontrarse legalmente incapaz de extraditar a X al Estado B De hecho, incluso si la solicitud de extradición se envía a través de los canales apropiados, puede suceder que no se haya celebrado ningún tratado bilateral de extradición entre los Estados A y B.

Tres países europeos, los Países Bajos, Bélgica y Eslovenia, decidieron reunirse en noviembre de 2011 para considerar una solución a esta situación bastante problemática. Luego este grupo europeo se extendió a tres países de diferentes continentes: Argentina, Senegal y Mongolia, lo que le dio una dimensión global a esta iniciativa.

Luego se dio un nuevo paso entre 2017 y 2022 en los Países Bajos, luego de forma virtual -a causa del Covid- en las conferencias preparatorias que reunieron a más de 40 países además de representantes de la sociedad civil, para redactar un borrador de acuerdo. Fue este proceso el que finalmente condujo a la Conferencia Diplomática que tuvo lugar en Ljubljana del 15 al 26 de mayo, conAdopción del Acuerdo Ljubljana-La Haya. Esto estará abierto a la firma de todos los países por un período de dos semanas en La Haya en 2024, la fecha aún no se ha decidido.

deber de demandar

Además de la cooperación entre los estados, la convención también establece en blanco y negro un principio legal básico para enjuiciar a los estados por los delitos más graves: la obligación juicio o extradición(Artículo 14 de la Convención). De acuerdo con este principio, hasta ahora considerado derecho consuetudinario, existe para cualquier Estado compromiso Enjuiciar a toda persona que haya cometido crímenes internacionales y se encuentre en su territorio. Y si un país no quiere iniciar un proceso judicial en su territorio, está obligado, de acuerdo con este principio, a entregar al sospechoso a otro país oa un tribunal internacional que se haga cargo del proceso.

Muy animada fue la discusión en Ljubljana sobre este artículo, que se opuso a su adopción por parte de Francia y el Reino Unido, ya que durante las negociaciones estos dos países intentaron hacer opcional el ejercicio del debido proceso. Estos intentos franceses e ingleses fracasaron y solo podemos alegrarnos. Sin embargo, estos dos países han obtenido el derecho de hacer una reserva sobre este principio. juicio o extradición Por un período de tres años, renovable.

Cabe señalar también con respecto a la diplomacia francesa que intenta, Escrito por el abogado francés Simon Forman“para garantizar que la realpolitik prevalezca sobre la ley”, una posición ahora en desacuerdo con el nuevo enfoque de la Corte de Casación francesa que emitió un fallo muy esperado el 12 de mayo de 2023.

Jurisdicción universal de la justicia francesa sobre los crímenes cometidos en Siria

Este órgano ya ha revisado su jurisprudencia El 24 de noviembre de 2021, quien causó sensación al anunciar la impunidad de Francia por los crímenes de lesa humanidad cometidos por el régimen de Bashar al-Assad, con el pretexto de que no son punibles por la ley siria. Así, esta nueva decisión conduce a la reanudación de los procedimientos contra los sirios en Francia sospechosos de participar en los crímenes del régimen de Damasco.

Y esta nueva jurisprudencia del Tribunal de Casación es también muy importante porque afloja el “cerrojo” que muchas veces se opone a la persecución de crímenes internacionales en Francia, es decir, la obligación que tiene un sospechoso en este país de su “residencia habitual ”. Así, el sospechoso sirio pidió que se cancelaran los trámites alegando que solo había venido a este país por un semestre, y de hecho vive en otro lugar.

Según esta nueva decisión del Tribunal de Casación, se puede tener residencia habitual en Francia pero esencialmente vivir en otro lugar, siendo el criterio un apego ‘suficiente’ a Francia, no por ejemplo un simple paso por el territorio.

Si bien el enjuiciamiento penal de los delitos más graves sigue siendo la excepción y no la regla en nuestro mundo, el derecho internacional ha ganado puntos en las últimas semanas en Ljubljana y en París. Solo podemos regocijarnos.


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